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Condiciones generales de venta

GENERAL:

Las Condiciones descritas a continuación son de aplicación a todos los pedidos entre el Cliente y Ceproma, S.A. No será válido ningún término o condición incluido en cualquier pedido por el Cliente, que esté en contradicción con estas condiciones. Las presentes Condiciones Generales de Venta prevalecen sobre cualquier Condición General de Compra, que se adjunte a los pedidos.

Cualquier modificación, requiere la aceptación por escritro de Ceproma.

Ceproma actúa como distribuidor, y se subroga a las Condiciones Generales de Venta, de los fabricantes que distribuye.

Un pedido se considera aceptado cuando Ceproma emite la correspondiente confirmación de pedido, aceptándolo, o bien por la entrega del
material.
El envío de un pedido por parte del Cliente no constituye un contrato, incluso aunque Ceproma haya presentado previamente una oferta.

Dado que Ceproma actúa de distribuidor, las confirmaciones de pedido están sujetas a la aceptación del pedido por parte del fabricante original.
Si éste se retrasa en la aceptación del pedido, o realiza modificaciones en el mismo, Ceproma se reserva el derecho a retrasar y modificar la confirmación de pedido correspondientemente.

Todas las Consultas de precio y disponibilidad se ofrecen sin compromiso y están sujetas a ser modificadas en cualquier momento, antes de que el pedido haya sido aceptado por Ceproma.

Toda las ofertas se hacen sobreentendiendo que se pedirá la totalidad del volumen de suninistro ofertado, de lo contrario Ceproma se reserva el derecho de revisar la oferta, adaptándola al nuevo volumen de suministro.

GARANTÍA:

Los productos distribuidos por Ceproma se venden bajo las Condiciones de Garantía y Condiciones Generales de Venta, que da el fabricante original. No nos responsabilizamos ni obligamos a nada que no este aceptado por escrito.

Los daños ocasionados por el uso inadecuado de las máquinas, equipos ó sus elementos, serán sólo imputables al comprador.

Las reparaciones en garantía no darán lugar a ninguna prolongación del plazo. Dichas reparaciones no generarán derecho a indemnización alguna por el tiempo que permanezca detenida la máquina.

Queda expresamente convenido que el vendedor no deberá indemnización alguna al comprador por accidentes a las personas, daños a bienes distintos del objeto del contrato, pérdidas sufridas ó ganacias dejadas de obtener.

El plazo de garantía de las reparaciones realizadas por Ceproma, es de 3 meses, cubriendo piezas y mano de obra, y excluyendo costes de envío de material, y costes de desplazamiento y estancia del personal necesario hasta el lugar de la reparación, siempre que no se contradiga
con el primer párrafo indicado en este apartado de la Garantía.

PLAZOS

Las fechas de entrega que se indiquen lo serán a título estimativo, y no vinculante, no asumiendo Ceproma responsabilidad alguna por retrasos en la entrega.

El riesgo de pérdida o daño de los Productos pasará al Cliente en el momento de la puesta a disposición de los mismos por Ceproma, en el lugar indicado por el Cliente, disponiendo el Cliente de cuatro días para reclamar por defecto en la cantidad o calidad de los Productos recibidos, transcurridos los cuales se entenderán los mismos aceptados por el Cliente. Si dentro de dicho plazo el Cliente comunicara a Ceproma un defecto significativo en los Productos recibidos, Ceproma podrá optar por reparar o sustituir los productos o aceptar la devolución de los mismos a Ceproma.

Si el pedido prevé un pago anticipado, el plazo de entrega se contará a partir de recibirse dicho pago en Ceproma.

No se admitirán otras penalizaciones ó indemnizaciones por incumplimiento de los plazos de entrega que las expresamente aceptadas por ambas partes.

En el caso de realizarse con posterioridad al contrato, modificaciones de las condiciones técnicas de la máquina, equipo, prestación, a petición del comprador, bien sea durante su fabricación o prestación, ó tras la recepción prevista en las instalaciones del vendedor, el plazo de entrega se retrasará correspondientemente.

PRECIOS:

Se entienden netos para mercancía puesta en casa del fabricante original, sin portes ni embalajes, salvo otro acuerdo reflejado en la oferta. Todos nuestros precios son condicionales, y a título informativo, pendientes de confirmación al recibirse los pedidos, y susceptibles de variación durante el curso de preparación de los mismos, de acuerdo con la cláusula a continuación.

La revisión de los precios, se efectuará en función del alza que experimenten el costo de los materiales y mano de obra desde la fecha de la aceptación del pedido hasta la entrega.

Todos los desembolsos accesorios, especialmente impuestos, aranceles, transporte y seguro, serán a cuenta del comprador, salvo acuerdo especial.

Si en la oferta se incluye una entrega de mercancía en nuestros almacenes, o en casa del cliente, nos reservamos el derecho a revisar los precios si cualquiera de los factores que intervienen en su cálculo sufrieran una variación. Por ejemplo, variación del cambio con la moneda de
origen, aranceles, costes de transporte, necesidad de contratación de medios adicionales para carga y descarga no previstos, etc.

CONDICIONES DE PAGO:

Las condiciones de pago implican que, salvo pacto en contrario, sean al contado, efectuándose siempre en el domicilio del vendedor. Ceproma, S.A. se reserva el derecho de exigir en cada caso, el pago de un anticipo en el momento del pedido.

Si el comprador deseara entregas parciales a cuenta del pedido, se efectuará el cobro por su importe, sin esperar al suministro de la totalidad del pedido. Si diera lugar a costes adicionales de transporte, estos correran a cuenta del comprador.

El retraso en el cumplimiento de las obligaciones de pago pactadas devengará el correspondiente interés de demora según normativa vigente (Art. 7 de la ley 3/2004 de 29 de diciembre de 2004).

RESERVA DE DOMINIO:

Si el comprador retrasa alguno ó la totalidad de los pagos convenidos, Ceproma, S.A. se reserva el derecho de dominio sobre la máquina, equipo o dispositivo, que se ejercitará sin que medie aviso, antes de ser expedida, ó en las instalaciones del comprador.

INCUMPLIMIENTO:

Si el comprador retrasa el pago de alguno de los plazos convenidos, Ceproma, S.A. se considerará exenta de toda obligación en cuanto al cumplimiento del pedido, y se suspenderá el plazo de entrega que se haya dado para el suministro, hasta que el comprador cumpla lo convenido.

En caso de insolvencia del comprador, y si éste no ofreciera garantías de pago suficientes, el vendedor podrá resolver el contrato y exigir la indemnización correspondiente.

CIRCUNSTANCIAS EXIMENTES DE RESPONSABILIDAD:

Se consideran como causas eximentes de responsabilidad, si intervienen después de la realización del contrato e impiden su cumplimiento: los conflictos de trabajo (huelgas sectoriales, nacionales, internacionales o fabriles) y cualquier otra circunstancia independiente de la voluntad del vendedor. Como ejemplo de estas circunstancias, pero sin carácter limitativo, se incluyen incendio, actos de terrorismo, guerra, problemas de transporte, suministro o producción, y desastres naturales.

El vendedor deberá comunicar al comprador por escrito en un plazo razonable, la existencia de alguna de las causas señaladas, así como el cese de las mismas.

GRAVAMENES:

El I.V.A., y en general todos los impuestos que sean exigibles, serán siempre a cargo del comprador.

COMPETENCIA:

Para resolver cualquier diferencia que pudiera surgir del contrato de compra-venta, Ceproma, S.A. utilizará preferentemente la vía amistosa.

Si la solución amistosa no se alcanzara, la competencia en los conflictos que pudieran suscitarse será atribuída a los Tribunales de Madrid (España), a los que quedan sometidas de forma expresa ambas partes.